Estimado(a) ciudadano(a):
Inasistencias
En esta oportunidad queremos referirnos a las
inasistencias de los parlamentarios, tema que está contemplado en el
artículo Nums 23, referido a los deberes de los Congresistas,
concretamente en el inciso a), el mismo que dice:
“Los Congresistas tienen el deber:
a) De participar en las sesiones del Pleno, de la
Comisión Permanente cuando sean miembros de ella, de las Comisiones a
las que pertenezcan y de la Mesa Directiva, del Consejo Directivo y de
la Junta de Portavoces, cuando sean elegidos o designados para integrar
estos organismos.
Las inasistencias injustificadas a las sesiones del
Pleno y de la Comisión Permanente se publican en el Portal del Congreso
y dan lugar al descuento correspondiente, el mismo que se calcula en
función a la ausencia por día en las votaciones que se realicen y
registren en las sesiones. Dicho descuento se aplica de acuerdo a las
siguientes reglas: i) Al final de cada día se computa el registro de
asistencia previo a las votaciones realizadas en las sesiones del Pleno
y de la Comisión Permanente, a los efectos de calcular el porcentaje de
inasistencia a votaciones de cada Congresista. ii) Si el porcentaje
de inasistencia injustificada al número total de votaciones llevadas a
cabo en un día es superior:
ii.1) Al 20% y hasta el 30%, se descontará un 30% de
la remuneración diaria del Congresista; ii.2) Al 30% y hasta el
40%, se descontará un 40% de la remuneración diaria del Congresista;
ii.3) Al 40% y hasta el 50%, se descontará un 50% de la
remuneración diaria del Congresista; ii.4) Al 50% o más, se
descontará un día de remuneración del Congresista.
Las inasistencias injustificadas a las sesiones de los
demás órganos del Congreso señalados en este inciso, a los que
pertenecen los Congresistas dan lugar al descuento de la remuneración
diaria. Si la inasistencia injustificada en el mismo día es parcial,
asistiendo el Congresista a alguno o algunos de los órganos del Congreso
a los que pertenece, el descuento es proporcional.
En los casos de los órganos del Congreso integrados
por titulares y suplentes, la responsabilidad sobre la inasistencia o el
retiro recae en el titular si no avisa con anticipación y por escrito
que será reemplazado por un suplente determinado. Si el suplente
señalado no concurre, asume la responsabilidad y las consecuencias de su
inasistencia.
En caso de duda o controversia sobre la aplicación de
las disposiciones contenidas en este inciso, resuelve la Mesa
Directiva...”.
Esta precisión es en mérito al anuncio que hiciera el
Presidente del Congreso, Luis Gonzales Posada Eyzaguirre, por el que se
descontarán a los congresistas que, injustificadamente, no asistieron a
las sesiones de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
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en el Instituto Regional de Oftalmología – IRO, ubicado en Jr. Pedro Muñiz
545 San Salvador, Trujillo.
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