Estimado(a) ciudadano(a):
En las últimas décadas se ha intensificado
el uso de términos como democracia participativa, participación política,
entre otros. Al respecto, conviene precisar que los conceptos de
participación política y participación ciudadana son frecuentemente
utilizados como sinónimos. Aventuraremos una diferenciación en el ánimo de
enriquecer estos términos y
definir sus contenidos para una
eficaz utilización.
Entendemos por participación política aquella que tiene
por objeto alcanzar el poder o imponerse en forma vinculante sobre el
poder legalmente constituido. Así, la participación en una elección y los
actos preparatorios de ella, desarrollados por ciudadanos, son típicos
actos de participación política. Igualmente una revocatoria o un
referéndum, donde se requiere que la participación de los ciudadanos
alcance un mayoría para que la opinión se imponga en forma vinculante, sea
cual fuere la opinión del gobernante.
En cambio, el concepto de participación ciudadana es el
de las acciones de individuos o grupos que buscan influir en las
decisiones de los gobernantes. Representan intereses parciales o
especializados de la comunidad que buscan influir, de manera no vinculante
sobre el representante, para que sea éste quien
adopte o deje de adoptar una decisión. Los lobbys, recientemente regulados
para hacerlos transparentes, son un ejemplo de grupos ciudadanos que toman
la iniciativa para influir en la toma de decisiones. Las audiencias
públicas sobre la Reforma Constitucional son un ejemplo distinto, donde un
Poder del Estado quiere recabar la opinión de los electores, pero será
este Poder el que finalmente tomará las decisiones finales.
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