INDEPENDIENTES DEL PERÙ

Publicado el 11 de Abril, 2007, 12:17

Parlamento Virtual Peruano

 Nº 2073

Martes, 10 de abril de 2007 

   Inicio   Suscribirse   Imprimir    Desafiliarse 

                                                        "Año del Deber Ciudadano" 

                          2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú"

Estimado(a) ciudadano(a):

La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la  Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.

Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.

El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".

Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: 
- Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. 
- Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. 
- Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.   

         ¡VOTA POR MACHU PICCHU PARA QUE SEA UNA DE LAS 7 NUEVAS MARAVILLAS DEL MUNDO!

  

  1. Recopilación periodística del Congreso: Contiene un resumen de las principales noticias del quehacer parlamentario, publicado en los principales diarios del Perú.
  2. Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 04 de abril del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".

    Número

    Título de Proyecto

    01189-PE INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA...
    01188-PE SEGURO: AGROPECUARIO/IMPLEMENTA FONDO GARANTÍA PARA EL CAMPO Y DEL...
    01187-PE   INVERSIÓN: PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL/IMPLEMENTA FONDO PROM. DE...
  1. Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
  2. Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
  3. Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso  para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
  4. Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación. 
  5. Foro Legislativo Virtual: Participa con tus opiniones y/o sugerencias en los Foros Legislativos Virtuales: Proyectos de Ley 386/2006-CR Ley General de Aguas, 604/2006-CR Ley de Aguas y el Pre Dictamen del Proyecto de Ley N° 773/2006-CR Ley Universitaria.

Listas de interés
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...constitucionalmente, recién en 1933 se admite la libertad de culto en el Perú? La Constitución de ese año señala: "Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión Católica, Apostólica y Romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos".

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                          2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú"

Estimado(a) ciudadano(a):

La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la  Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.

Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.

El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".

Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: 
- Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. 
- Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. 
- Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.   

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    Número

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    01189-PE INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA...
    01188-PE SEGURO: AGROPECUARIO/IMPLEMENTA FONDO GARANTÍA PARA EL CAMPO Y DEL...
    01187-PE   INVERSIÓN: PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL/IMPLEMENTA FONDO PROM. DE...
  1. Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
  2. Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
  3. Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso  para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
  4. Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación. 
  5. Foro Legislativo Virtual: Participa con tus opiniones y/o sugerencias en los Foros Legislativos Virtuales: Proyectos de Ley 386/2006-CR Ley General de Aguas, 604/2006-CR Ley de Aguas y el Pre Dictamen del Proyecto de Ley N° 773/2006-CR Ley Universitaria.

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...constitucionalmente, recién en 1933 se admite la libertad de culto en el Perú? La Constitución de ese año señala: "Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión Católica, Apostólica y Romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos".

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Estimado(a) ciudadano(a):

La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la  Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.

Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.

El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".

Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: 
- Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. 
- Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. 
- Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.   

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    01189-PE INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA...
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  1. Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
  2. Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
  3. Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso  para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
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