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11 de Abril, 2007
Publicado el
11 de Abril, 2007, 12:17
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"Año del Deber Ciudadano" |
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2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú" |
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Estimado(a) ciudadano(a):
La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.
Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.
El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".
Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: - Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. - Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. - Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.
¡VOTA POR MACHU PICCHU PARA QUE SEA UNA DE LAS 7 NUEVAS MARAVILLAS DEL MUNDO!
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- Recopilación periodística del Congreso: Contiene un resumen de las principales noticias del quehacer parlamentario, publicado en los principales diarios del Perú.
- Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 04 de abril del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".
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Número |
Título de Proyecto |
| 01189-PE |
INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA... |
| 01188-PE |
SEGURO: AGROPECUARIO/IMPLEMENTA FONDO GARANTÍA PARA EL CAMPO Y DEL... |
| 01187-PE |
INVERSIÓN: PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL/IMPLEMENTA FONDO PROM. DE... |
- Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
- Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
- Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
- Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación.
- Foro Legislativo Virtual: Participa con tus opiniones y/o sugerencias en los Foros Legislativos Virtuales: Proyectos de Ley 386/2006-CR Ley General de Aguas, 604/2006-CR Ley de Aguas y el Pre Dictamen del Proyecto de Ley N° 773/2006-CR Ley Universitaria.
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Listas de interés Suscríbete y recibe alertas sobre las diversas actividades y servicios que ofrece el Parlamento |

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...constitucionalmente, recién en 1933 se admite la libertad de culto en el Perú? La Constitución de ese año señala: "Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión Católica, Apostólica y Romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos". | |
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Estimado(a) ciudadano(a):
La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.
Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.
El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".
Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: - Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. - Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. - Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.
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Número |
Título de Proyecto |
| 01189-PE |
INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA... |
| 01188-PE |
SEGURO: AGROPECUARIO/IMPLEMENTA FONDO GARANTÍA PARA EL CAMPO Y DEL... |
| 01187-PE |
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...constitucionalmente, recién en 1933 se admite la libertad de culto en el Perú? La Constitución de ese año señala: "Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión Católica, Apostólica y Romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos". | |
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Estimado(a) ciudadano(a):
La interpelación es una figura de control político que tiene sus antecedentes en Francia; se estableció en la Constitución de 1830 como un procedimiento de control de la política de gobierno. Otro antecedente lo encontramos en el Reglamento de las Cortes Españolas de 1838 y en la Constitución de 1869, que otorgaba el derecho de interpelación al Congreso de los Diputados y a la Cámara de Senadores. Actualmente, entre los países que contemplan este derecho tenemos: España, Alemania, Bélgica, Dinamarca, Suiza, Italia, Inglaterra, Francia, Argentina, Bolivia, Paraguay y Perú.
Inicialmente se entendió que este mecanismo de control parlamentario era propio de los regímenes políticos parlamentarios, sin embargo, con el transcurrir del tiempo y de la experiencia parlamentaria, se ha incorporado este procedimiento en los regímenes políticos presidencialistas o semipresidencialistas, como es el caso peruano.
El Diccionario de Términos Parlamentarios de Berlín Valenzuela lo define "como un cuestionamiento, mas que como una pregunta, es decir, como una petición de informes al gobierno, a través de la cual se pone en duda la gestión de éste sobre materias de carácter general o de cierto relieve político, generándose un debate entre el parlamento y el gobierno, que tendrá determinadas consecuencias".
Entre las características del ejercicio de interpelación, debemos señalar las siguientes: - Primero, el debate se realiza en el recinto parlamentario. - Segundo, se desarrolla ante la presencia no sólo de los representantes sino de la ciudadanía que sigue el debate por los medios de comunicación. - Tercero, luego de culminado el debate, los Parlamentarios pueden hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros a través de la moción de censura o cuestión de confianza.
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Número |
Título de Proyecto |
| 01189-PE |
INDUSTRIA: PETROQUÍMICA/PROMOCIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA... |
| 01188-PE |
SEGURO: AGROPECUARIO/IMPLEMENTA FONDO GARANTÍA PARA EL CAMPO Y DEL... |
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INVERSIÓN: PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL/IMPLEMENTA FONDO PROM. DE... |
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...constitucionalmente, recién en 1933 se admite la libertad de culto en el Perú? La Constitución de ese año señala: "Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión Católica, Apostólica y Romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos". | |
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Publicado el
11 de Abril, 2007, 12:01
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"Año del Deber Ciudadano" |
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2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú" |
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Estimado(a) ciudadano(a):
Debate Parlamentario
Quiere decir controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como controversia, confrontación, polemica.
El debate parlamentario está sujeto a reglas en todos los Congresos. El debate es la parte fundamental de las sesiones en los Congresos, sus reglas pretenden evitar la monopolización de la participación en las Cámaras y ofrecer la riqueza argumentativa sobre todos los puntos de vista sobre los dictámenes y puntos a resolver y a someter a votación.
En nuestro país el debate parlamentario es regulado por el Artículo Nº 55 del Reglamento del Congreso.
En el debate de los asuntos contenidos en la agenda de las sesiones se observan las siguientes reglas:
- El Presidente de la Comisión o el Congresista que la Comisión delegue, sustenta el dictamen o informe por no más de diez minutos. - Si el dictamen o informe es por unanimidad, se procede a votar; sin embargo, el Presidente puede otorgar dos minutos a cada Grupo Parlamentario para que exponga las razones de su posición. - Sobre el mismo asunto puede solicitar el uso de la palabra el autor de la proposición por no más de cinco minutos. El resto de los Congresistas que deseen intervenir lo harán de acuerdo con el sistema acordado por el Consejo Directivo. En los debates generales de proposiciones de ley sólo podrán intervenir los voceros designados por los Grupos Parlamentarios, por espacio no mayor a diez minutos cada uno, además del Presidente o delegado de la Comisión o de los firmantes del dictamen en minoría. - Primero se debatirá el dictamen en mayoría; si es aprobado se archivará el de minoría. Si es rechazado el de mayoría, se debatirá el de minoría. - Si hubiese dictámenes divergentes de más de una Comisión sobre la misma o las mismas proposiciones de ley, primero se debatirá el de la Comisión que figure en primer término en el decreto de envío.
¡VOTA POR MACHU PICCHU PARA QUE SEA UNA DE LAS 7 NUEVAS MARAVILLAS DEL MUNDO!
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- Síntesis Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del acontecer político y económico del país, así como una breve referencia de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
- Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 03 de abril del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".
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Número |
Título de Proyecto |
| 01186-CR |
CÓDIGO: PENAL 226º AL 230º/DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL |
| 01185-CR |
POLICÍA: NAC. L.28857/SITUACIÓN DE RETIRO POR RENOVACIÓN |
| 01184-CR |
PROYECTO: COSTA VERDE/RECONOCE LA PROPIEDAD Y AUTORIDAD DEL... |
| 01183-CR |
INTELIGENCIA FINANC. L.27693/FORTALECER SISTEMA ANTILAVADO |
| 01182-CR |
REFORMA CONST.110º/REQUISITO PARA CANDIDATO A PRESIDENTE REP. |
| 01181-GL |
CANON: L.27506/DISTRIBUCIÓN DEL... |
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Línea Ciudadana "Denuncialó" Centro de atención y absolución de consultas en la que se responde las inquietudes formuladas por los ciudadanos vía telefónica. |

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...don Ramón Castilla, además de ser Presidente de la República en tres oportunidades, fue también Presidente de la Cámara de Senadores en 1864? | |
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"Año del Deber Ciudadano" |
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2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú" |
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Estimado(a) ciudadano(a):
Debate Parlamentario
Quiere decir controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como controversia, confrontación, polemica.
El debate parlamentario está sujeto a reglas en todos los Congresos. El debate es la parte fundamental de las sesiones en los Congresos, sus reglas pretenden evitar la monopolización de la participación en las Cámaras y ofrecer la riqueza argumentativa sobre todos los puntos de vista sobre los dictámenes y puntos a resolver y a someter a votación.
En nuestro país el debate parlamentario es regulado por el Artículo Nº 55 del Reglamento del Congreso.
En el debate de los asuntos contenidos en la agenda de las sesiones se observan las siguientes reglas:
- El Presidente de la Comisión o el Congresista que la Comisión delegue, sustenta el dictamen o informe por no más de diez minutos. - Si el dictamen o informe es por unanimidad, se procede a votar; sin embargo, el Presidente puede otorgar dos minutos a cada Grupo Parlamentario para que exponga las razones de su posición. - Sobre el mismo asunto puede solicitar el uso de la palabra el autor de la proposición por no más de cinco minutos. El resto de los Congresistas que deseen intervenir lo harán de acuerdo con el sistema acordado por el Consejo Directivo. En los debates generales de proposiciones de ley sólo podrán intervenir los voceros designados por los Grupos Parlamentarios, por espacio no mayor a diez minutos cada uno, además del Presidente o delegado de la Comisión o de los firmantes del dictamen en minoría. - Primero se debatirá el dictamen en mayoría; si es aprobado se archivará el de minoría. Si es rechazado el de mayoría, se debatirá el de minoría. - Si hubiese dictámenes divergentes de más de una Comisión sobre la misma o las mismas proposiciones de ley, primero se debatirá el de la Comisión que figure en primer término en el decreto de envío.
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Número |
Título de Proyecto |
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CÓDIGO: PENAL 226º AL 230º/DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL |
| 01185-CR |
POLICÍA: NAC. L.28857/SITUACIÓN DE RETIRO POR RENOVACIÓN |
| 01184-CR |
PROYECTO: COSTA VERDE/RECONOCE LA PROPIEDAD Y AUTORIDAD DEL... |
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INTELIGENCIA FINANC. L.27693/FORTALECER SISTEMA ANTILAVADO |
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| 01181-GL |
CANON: L.27506/DISTRIBUCIÓN DEL... |
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- Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
- Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
- Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación.
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...don Ramón Castilla, además de ser Presidente de la República en tres oportunidades, fue también Presidente de la Cámara de Senadores en 1864? | |
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2007-2016 "Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú" |
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Estimado(a) ciudadano(a):
Debate Parlamentario
Quiere decir controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como controversia, confrontación, polemica.
El debate parlamentario está sujeto a reglas en todos los Congresos. El debate es la parte fundamental de las sesiones en los Congresos, sus reglas pretenden evitar la monopolización de la participación en las Cámaras y ofrecer la riqueza argumentativa sobre todos los puntos de vista sobre los dictámenes y puntos a resolver y a someter a votación.
En nuestro país el debate parlamentario es regulado por el Artículo Nº 55 del Reglamento del Congreso.
En el debate de los asuntos contenidos en la agenda de las sesiones se observan las siguientes reglas:
- El Presidente de la Comisión o el Congresista que la Comisión delegue, sustenta el dictamen o informe por no más de diez minutos. - Si el dictamen o informe es por unanimidad, se procede a votar; sin embargo, el Presidente puede otorgar dos minutos a cada Grupo Parlamentario para que exponga las razones de su posición. - Sobre el mismo asunto puede solicitar el uso de la palabra el autor de la proposición por no más de cinco minutos. El resto de los Congresistas que deseen intervenir lo harán de acuerdo con el sistema acordado por el Consejo Directivo. En los debates generales de proposiciones de ley sólo podrán intervenir los voceros designados por los Grupos Parlamentarios, por espacio no mayor a diez minutos cada uno, además del Presidente o delegado de la Comisión o de los firmantes del dictamen en minoría. - Primero se debatirá el dictamen en mayoría; si es aprobado se archivará el de minoría. Si es rechazado el de mayoría, se debatirá el de minoría. - Si hubiese dictámenes divergentes de más de una Comisión sobre la misma o las mismas proposiciones de ley, primero se debatirá el de la Comisión que figure en primer término en el decreto de envío.
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- Síntesis Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del acontecer político y económico del país, así como una breve referencia de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
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Número |
Título de Proyecto |
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CÓDIGO: PENAL 226º AL 230º/DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL |
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POLICÍA: NAC. L.28857/SITUACIÓN DE RETIRO POR RENOVACIÓN |
| 01184-CR |
PROYECTO: COSTA VERDE/RECONOCE LA PROPIEDAD Y AUTORIDAD DEL... |
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INTELIGENCIA FINANC. L.27693/FORTALECER SISTEMA ANTILAVADO |
| 01182-CR |
REFORMA CONST.110º/REQUISITO PARA CANDIDATO A PRESIDENTE REP. |
| 01181-GL |
CANON: L.27506/DISTRIBUCIÓN DEL... |
- Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
- Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
- Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
- Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación.
- Foro Legislativo Virtual: Participa con tus opiniones y/o sugerencias en los Foros Legislativos Virtuales: Proyectos de Ley 386/2006-CR Ley General de Aguas, 604/2006-CR Ley de Aguas y el Pre Dictamen del Proyecto de Ley N° 773/2006-CR Ley Universitaria.
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Línea Ciudadana "Denuncialó" Centro de atención y absolución de consultas en la que se responde las inquietudes formuladas por los ciudadanos vía telefónica. |

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Publicado el
11 de Abril, 2007, 11:56
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| Charla - encuentro |
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Cultura y desarrollo: Una agenda abierta e indispensable Encuentro con Patricio Rivas Herrera Martes 24 de abril - 19 hs.- Entrada libre
Patricio Rivas es coordinador del área de Cultura del Convenio Andrés Bello, organismo intergubernamental conformado por diversos países latinoamericanos, cuya misión es integrar educativa, científica, tecnológica y culturalmente a los mismos, con sede en Bogotá, Colombia.
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Nuestro invitado es un referente del pensamiento contemporáneo latinoamericano. Sociólogo, de origen chileno, Rivas analizará la función de la cultura en el siglo XXI. Se trata de un derecho humano inalienable, que integra los nuevos paradigmas de desarrollo y posee un significativo y extenso cuerpo teórico, metodológico y empírico. La cultura es un medio y un propósito. Leer más...
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4to. Encuentro PyMes Culturales - Recordatorio |
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El desafío de ser artista y emprendedor: PyMEs Culturales
Martes 10 de abril, 19 hs. Entrada libre. Los músicos independientes como emprendedores
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