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Publicado el
27 de Marzo, 2007, 20:47
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Estimado(a) ciudadano(a):
La Doble Votación
Es el procedimiento por el que se somete a una segunda votación el Dictamen aprobado previamente por el Pleno del Congreso de la República. Constituye una etapa más en el procedimiento legislativo.
El objetivo de este procedimiento se orienta a tres objetivos: Primero, lograr un tiempo mayor de debate de la norma en cuestión. Segundo, mantener una voluntad política en el tiempo, en determinado sentido por parte del Pleno del Congreso. Y finalmente, incorporar a la opinión publica y a la ciudadanía al debate mediático sobre la aprobación de una norma.
Las características de este sistema de votación son:
- La segunda votación se debe efectuar transcurridos siete (7) días calendario como mínimo. - Será a totalidad y con debate. - Sin el requisito de la doble votación, la Mesa Directiva no puede proseguir el trámite de la ley, ni enviarla al Presidente de la República para su promulgación. Sólo se encuentran exoneradas de este requisito las proposiciones de resolución legislativa de aprobación de tratados, de aprobación de ingreso de tropas extranjeras, de autorización de viajes al exterior al Presidente de la República y las de designación, elección o ratificación de funcionarios a que se refieren los incisos f), h) y j) del numeral 1 del artículo 76° y el artículo 93° del Reglamento del Congreso. - Asimismo, están exoneradas de este requisito la aprobación de la Ley de Presupuesto General de la República y sus leyes conexas, la aprobación de créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas, y la aprobación de la Cuenta General de la República. También están exceptuados el voto de la cuestión de confianza al Consejo de Ministros, así como las mociones de censura al Consejo de Ministros o contra cualquiera de los Ministros de Estado, que están referidos en los artículos 133° y 132° de la Constitución Política del Estado.
Al respecto, le informamos que para la Agenda del Pleno de hoy, se encuentran pendientes de segunda votación los siguientes Dictamenes:
1. Ley del Silencio Administrativo. 2. Ley que declara a la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial. 3. Ley de Libre Desafiliación al Sistema Privado de Pensiones y retorno al Sistema Nacional de Pensiones. 4. Declara de interés nacional construcción e implementación del local del Archivo General de la Nación.
Para ver la Agenda completa ingrese aquí.
¡VOTA POR MACHU PICCHU PARA QUE SEA UNA DE LAS 7 NUEVAS MARAVILLAS DEL MUNDO!
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Síntesis Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del acontecer político y económico del país, así como una breve referencia de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
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Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 13 de marzo del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".
Número |
Título de Proyecto |
01081-CR |
DEC. LEG.963:IGV E IPM TITULARES ACTIVIDAD MINERA/DEROGAR EL... |
01080-CR |
PARTIDAS: NACIMIENTO/GRATUIDAD DE SENTENCIAS Y AUTOS RES. Y... |
01079-CR |
CÓDIGO: PENAL:202º,204º,204º-A/DELITOS DE USURPACIÓN |
01078-CR |
PODER JUDICIAL: M. PÚBLICO/PARTICIPACIÓN SOC. CIVIL EN ÓRGANOS DE... |
01077-CR |
CÓDIGO: PROCESAL PENAL/SUSPENDE VIGENCIA DEL ART.137º DEL... |
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Visita Virtual al Palacio Legislativo Conoce los ambientes del Palacio Legislativo desde tu computadora. |

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... según el artículo 6º del Reglamento del Congreso de la República , son funciones especiales del Congreso designar a los miembros del Banco Central de Reserva y ratificar a su Presidente? | |

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Estimado(a) ciudadano(a):
La Doble Votación
Es el procedimiento por el que se somete a una segunda votación el Dictamen aprobado previamente por el Pleno del Congreso de la República. Constituye una etapa más en el procedimiento legislativo.
El objetivo de este procedimiento se orienta a tres objetivos: Primero, lograr un tiempo mayor de debate de la norma en cuestión. Segundo, mantener una voluntad política en el tiempo, en determinado sentido por parte del Pleno del Congreso. Y finalmente, incorporar a la opinión publica y a la ciudadanía al debate mediático sobre la aprobación de una norma.
Las características de este sistema de votación son:
- La segunda votación se debe efectuar transcurridos siete (7) días calendario como mínimo. - Será a totalidad y con debate. - Sin el requisito de la doble votación, la Mesa Directiva no puede proseguir el trámite de la ley, ni enviarla al Presidente de la República para su promulgación. Sólo se encuentran exoneradas de este requisito las proposiciones de resolución legislativa de aprobación de tratados, de aprobación de ingreso de tropas extranjeras, de autorización de viajes al exterior al Presidente de la República y las de designación, elección o ratificación de funcionarios a que se refieren los incisos f), h) y j) del numeral 1 del artículo 76° y el artículo 93° del Reglamento del Congreso. - Asimismo, están exoneradas de este requisito la aprobación de la Ley de Presupuesto General de la República y sus leyes conexas, la aprobación de créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas, y la aprobación de la Cuenta General de la República. También están exceptuados el voto de la cuestión de confianza al Consejo de Ministros, así como las mociones de censura al Consejo de Ministros o contra cualquiera de los Ministros de Estado, que están referidos en los artículos 133° y 132° de la Constitución Política del Estado.
Al respecto, le informamos que para la Agenda del Pleno de hoy, se encuentran pendientes de segunda votación los siguientes Dictamenes:
1. Ley del Silencio Administrativo. 2. Ley que declara a la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial. 3. Ley de Libre Desafiliación al Sistema Privado de Pensiones y retorno al Sistema Nacional de Pensiones. 4. Declara de interés nacional construcción e implementación del local del Archivo General de la Nación.
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Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 13 de marzo del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".
Número |
Título de Proyecto |
01081-CR |
DEC. LEG.963:IGV E IPM TITULARES ACTIVIDAD MINERA/DEROGAR EL... |
01080-CR |
PARTIDAS: NACIMIENTO/GRATUIDAD DE SENTENCIAS Y AUTOS RES. Y... |
01079-CR |
CÓDIGO: PENAL:202º,204º,204º-A/DELITOS DE USURPACIÓN |
01078-CR |
PODER JUDICIAL: M. PÚBLICO/PARTICIPACIÓN SOC. CIVIL EN ÓRGANOS DE... |
01077-CR |
CÓDIGO: PROCESAL PENAL/SUSPENDE VIGENCIA DEL ART.137º DEL... |
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... según el artículo 6º del Reglamento del Congreso de la República , son funciones especiales del Congreso designar a los miembros del Banco Central de Reserva y ratificar a su Presidente? | |

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