INDEPENDIENTES DEL PERÙ

Publicado el 9 de Febrero, 2007, 10:57

Parlamento Virtual Peruano

 Nº 2027

Jueves, 01 de febrero de 2007 

   Inicio   Suscribirse   Imprimir    Desafiliarse 

Estimado(a) ciudadano(a):

Estando próximo a elegir a los nuevos Magistrados del Tribunal Constitucional, mencionaremos los requisitos que deben tener los postulantes a dicho cargo:

- Ser peruano de nacimiento.
- Ser ciudadano en ejercicio.
- Ser mayor de cuarenta y cinco años.
- Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.

Por otro lado, no pueden ser elegidos Miembros del Tribunal:

- Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que hayan sido objeto de separación o destitución por medida disciplinaria.
- Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República.
- Los que han sido condenados o que se encuentran siendo procesados por delito doloso.
- Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de quiebra.
- Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto.

La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria, siempre que no afecte el normal funcionamiento del Tribunal.

En caso de ocurrir causa de incompatibilidad en quien fuera designado Magistrado del Tribunal, antes de tomar posesión debe cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hace en el plazo de diez días naturales siguientes a su designación, se entiende que no acepta el cargo.

  1. Síntesis Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del acontecer político y económico del país, así como una breve referencia de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
  2. Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 30 de enero del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".

    Número

    Título de Proyecto

    00944-CR CÓDIGO: CIVIL 29º/IDENTIDAD DE LAS PERSONAS, CAMBIO DE NOMBRE
    00943-CR CÓDIGO: CIVIL 382º/PROHIBICIÓN DE PLURALIDAD DE ADOPTANTES
    00942-PE PRESUPUESTO:2007/AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO
    00941-CR INSPECTORÍA: DE PESCA/EMBARCACIONES DE EXTRACCIÓN DE ANCHOVETA
    00940-CR MINISTERIO: EDUCACIÓN/REUBICAR AL PERSONAL DOCENTE NOMBRADO
    00939-CR   EDUCACIÓN: L.28044/GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
  1. Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley.
  2. Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
  3. Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso  para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
  4. Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación. 
  5. Gestión Parlamentaria: Publicado en el Diario Oficial "El Peruano" domingo 28 de enero de 2007.

 

Talleres Participativos
Ciudadanía activa para una Una participación calificada.

...las leyes sobre ampliaciones presupuéstales, habilitaciones y transferencias de partidas, deben tramitarse como la Ley de Presupuesto en lo aplicable? Durante el receso parlamentario las aprueba la Comisión Permanente con el voto favorable de por lo menos los tres quintos del número legal de sus miembros.

 Nº 2027

Jueves, 01 de febrero de 2007 

   Inicio   Suscribirse   Imprimir    Desafiliarse 

Estimado(a) ciudadano(a):

Estando próximo a elegir a los nuevos Magistrados del Tribunal Constitucional, mencionaremos los requisitos que deben tener los postulantes a dicho cargo:

- Ser peruano de nacimiento.
- Ser ciudadano en ejercicio.
- Ser mayor de cuarenta y cinco años.
- Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.

Por otro lado, no pueden ser elegidos Miembros del Tribunal:

- Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que hayan sido objeto de separación o destitución por medida disciplinaria.
- Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República.
- Los que han sido condenados o que se encuentran siendo procesados por delito doloso.
- Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de quiebra.
- Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto.

La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria, siempre que no afecte el normal funcionamiento del Tribunal.

En caso de ocurrir causa de incompatibilidad en quien fuera designado Magistrado del Tribunal, antes de tomar posesión debe cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hace en el plazo de diez días naturales siguientes a su designación, se entiende que no acepta el cargo.

  1. Síntesis Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del acontecer político y económico del país, así como una breve referencia de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
  2. Proyectos de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas legislativas presentadas el 30 de enero del presente año. Para acceder a la totalidad de los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".

    Número

    Título de Proyecto

    00944-CR CÓDIGO: CIVIL 29º/IDENTIDAD DE LAS PERSONAS, CAMBIO DE NOMBRE
    00943-CR CÓDIGO: CIVIL 382º/PROHIBICIÓN DE PLURALIDAD DE ADOPTANTES
    00942-PE PRESUPUESTO:2007/AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO
    00941-CR INSPECTORÍA: DE PESCA/EMBARCACIONES DE EXTRACCIÓN DE ANCHOVETA
    00940-CR MINISTERIO: EDUCACIÓN/REUBICAR AL PERSONAL DOCENTE NOMBRADO
    00939-CR   EDUCACIÓN: L.28044/GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
  1. Participación: Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos Ciudadanos, Opiniones sobre Proyectos de Ley.
  2. Agendas: Agenda del Pleno; Agenda de las Comisiones; Agenda de la Comisión Permanente; Agenda de Actividades del Congreso.
  3. Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas del Congreso  para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
  4. Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha de aprobación. 
  5. Gestión Parlamentaria: Publicado en el Diario Oficial "El Peruano" domingo 28 de enero de 2007.

 

Talleres Participativos
Ciudadanía activa para una Una participación calificada.

...las leyes sobre ampliaciones presupuéstales, habilitaciones y transferencias de partidas, deben tramitarse como la Ley de Presupuesto en lo aplicable? Durante el receso parlamentario las aprueba la Comisión Permanente con el voto favorable de por lo menos los tres quintos del número legal de sus miembros.

-