Publicado el 5 de Enero, 2007, 17:28
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| Estimado(a) ciudadano(a): El Consejo Directivo Es un órgano de decisión del Congreso de la República y está integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios que se denominan Directivos-Portavoces, que son elegidos por su respectivo grupo. Su conformación guarda similar proporcionalidad a la que existe entre los Grupos Parlamentarios en la distribución de escaños en el Pleno del Congreso. Entre sus principales funciones podemos mencionar: a. Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el adecuado desarrollo de las actividades del Congreso. b. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso, antes de su presentación al Pleno del Congreso por el Presidente. c. Recibir informes periódicos de la Mesa Directiva, la Oficialía Mayor y de la Oficina de Auditoria Interna sobre el desarrollo de los procesos parlamentarios, la administración y el estado de la economía del Congreso. d. Recibir informes sobre las políticas de administración de personal y recursos económicos y los reglamentos administrativos necesarios, así como la ejecución de licitaciones públicas para la realización de obras o la adquisición de bienes y servicios. e. Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, definiendo los proyectos que se tratarán en la orden del día de la sesión, poniéndolas en conocimiento de los Congresistas veinticuatro horas antes del inicio de la sesión. f. Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la Sesión del Pleno. Si la Sesión no agota la agenda, el Consejo Directivo elabora una nueva agenda. g. Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de comisiones y cualquier otro plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y el buen funcionamiento del Congreso, entre otros. Para conocer las funciones completas del Consejo Directivo, revise el Art. 30º del Reglamento del Congreso o ingrese aquí. ![]()
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