Publicado el 28 de Noviembre, 2006, 20:46
|
| ![]()
| Estimado(a) ciudadano(a): Tratado Internacional. De acuerdo con la Convención de Viena, se entiende por tratado "un acuerdo internacional celebrado entre Estados y regido por el Derecho Internacional; es el acuerdo de voluntades de dos o más Estados, (entendiendo a éstos como "Estado-nación"), por medio del cual se crean y/o modifican derechos y obligaciones para los gobiernos. El proceso de celebración de los tratados consta de cuatro etapas: 1a. Negociación. Es el proceso mediante el cual las partes que pretenden llevar a cabo el acuerdo internacional, manifiestan sus pretensiones y condiciones. En la negociación se debe lograr un acuerdo entre las partes con el fin de determinar las cláusulas del tratado. 2a. Adopción del texto. Es la aceptación del tratado negociado. La adopción del tratado bilateral debe ser por unanimidad; sin embargo, un tratado multilateral se aceptará por la mayoría de los dos tercios de los estados presentes y votantes, a menos que dichos estados decidan por igual mayoría aplicar una regla distinta (art. 9º de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados). 3a. Autenticación del texto. Es la firma ad referéndum o la rúbrica puesta por los representantes de los Estados parte en el texto del tratado o en el acta final de la conferencia en la que figura el texto. Se prevé que las partes pueden determinar un procedimiento especial para otorgar la autenticidad al convenio (art. 10º de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados). 4a. Manifestación del consentimiento. Se llama así al acto mediante el cual los estados se obligan a cumplir el tratado. En su artículo 11º, la Convención de Viena señala como formas de la manifestación del consentimiento: a) La firma; b) el canje de instrumentos que constituyen un tratado; c) la ratificación; d) la aceptación; e) la aprobación; y f) la adhesión. En el orden jerárquico de nuestro país, se concede a los tratados internacionales especial grado, así lo dispone el capítulo II, del Titulo II de la Constitución Política deL país: La facultad de celebrar tratados internacionales involucra la participación del Presidente de la República, así como, del Congreso de la República, especialmente cuando los tratados se refieren a: Derechos Humanos; Soberanía, dominio o integridad del territorio; Defensa nacional: Obligaciones financieras del Estado; las referidas a tributos y las que modifican en alguna forma la legislación interna. Entérese de los resultados oficiales de las Elecciones Regionales y Municipales 2006 haciendo clic aquí. ![]()
|
![]()
|
![]() |