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20 de Junio, 2006
Publicado el
20 de Junio, 2006, 20:14
Informa que los Congresistas electos son los únicos que pueden participar de la sesión de la Junta Preparatoria, !Nadie Más¡, así que esperaremos hasta cuando nos elijan.....
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Estimado(a) ciudadano(a):
Continuando con el tema de ayer, sólo los Congresistas
electos que hayan sido previamente acreditados y registrados ante la
Oficialía Mayor del Congreso de la República, pueden participar de la
sesión de la Junta Preparatoria y ser incorporados formalmente como
Congresistas de la República mediante el juramento respectivo y, en los
siguientes días, poder elegir o ser elegidos como miembros de la Mesa
Directiva para el periodo anual de sesiones 2006-2007.
Es importante señalar que la sesión de la Junta
Preparatoria es continuada hasta que se cumpla con los asuntos de la
agenda, es decir, tratar sobre el acto formal de instalación de la Junta
Preparatoria, la incorporación formal de los Congresistas electos y la
elección de la Mesa Directiva.
Elegida la Mesa Directiva, el Presidente electo del
Poder Legislativo declara constituido el Congreso para el periodo
parlamentario correspondiente (2006-2011) y levanta la sesión de la Junta
Preparatoria. Asimismo, el titular del Parlamento procede a citar a todos
los Congresistas a la sesión de instalación del Congreso y del periodo
anual de sesiones para el 27 de julio.
El 27 de julio el Presidente del Congreso instala el
respectivo periodo anual de sesiones (del 27 de julio de un año hasta el
26 de julio del siguiente año) y del primer periodo ordinario de sesiones
(del 27 de julio al 15 de diciembre del mismo año), y cita a los
Congresistas para la sesión solemne de asunción del cargo de Presidente de
la República que se realiza el 28 de julio.
En la sesión solemne del 28 de julio, es el Presidente
del Congreso de la República quien toma juramento al electo Presidente de
la República y le impone la banda presidencial. Acto seguido, la
representación nacional escucha el Mensaje a la Nación del Presidente de
la República. Cabe indicar que en esta sesión los Congresistas no pueden
hacer uso de la palabra ni abrir el debate.
Acceda
a los resultados
Segunda
Elección Presidencial 2006.
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- Síntesis
Informativa: Contiene un resumen de las principales noticias del
acontecer político y económico del país, así como una breve referencia
de los titulares y editoriales de los principales diarios del Perú.
- Proyectos
de Ley presentados: Le hacemos llegar la relación de las iniciativas
legislativas presentadas el 16 de junio. Para acceder a la totalidad de
los Proyectos de Ley hacer clic en "Proyectos de Ley presentados".
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Número |
Título de
Proyecto |
| 14787-CR |
PARTIDOS: POLÍTICOS
L.28094/REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE... |
| 14786-CR |
PARTIDOS: POLÍTICOS
L.28094/DEROGAR ART. 29º DE LA LEY DE... |
| 14785-CR |
PENSIONES: MILITAR-POLICIAL
L.24640/UNIFICAR EL RÉGIMEN DE... |
| 14784-CR |
PARTIDOS: POLÍTICOS
L.28094/FINANCIAMIENTO PÚBLICO
DIRECTO |
- Participación:
Participa con tus opiniones, pedidos o sugerencias en Pedidos
Ciudadanos, Opiniones sobre
Proyectos de Ley y en los Foros Públicos.
- Agendas:
Agenda
del Pleno; Agenda
de las Comisiones; Agenda
de la Comisión Permanente; Agenda
de Actividades del Congreso.
- Dictámenes: Emitidos por las Comisiones Legislativas
del Congreso para conocimiento y opinión de la ciudadanía.
- Proyectos de Ley aprobados: Textos finales de los
proyectos de ley votados por el Pleno del Congreso, ordenados por fecha
de aprobación.
- Gestión Parlamentaria:
Publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 18 de junio de
2006.
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Congresistas
por Periodo de Gobierno Quieres saber
quienes son nuestros actuales representantes. |

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...a la ciudad de Pisco, en 1832, se le otorgó el
título honorífico de "Villa y Puerto de la Independencia"?
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Publicado el
20 de Junio, 2006, 19:57
LO QUE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS DEBEN SABER
Plazos para renuncias y licencias con
miras a elecciones ediles y regionales El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda a los directivos, funcionarios y trabajadores del Estado que decidan ser candidatos en las elecciones regionales y municipales del próximo 19 de noviembre, los plazos que deben tener en cuenta para presentar sus renuncias o solicitar licencia en el cargo.
En primer lugar, las correspondientes leyes electorales establecen que los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales, así como los alcaldes y regidores provinciales y distritales que postularán a la reelección no requieren renunciar ni solicitar licencia.
Quienes sí deberán renunciar a sus cargos, 120 días antes de la fecha de votación (es decir, hasta el sábado 22 de julio) para postular a la presidencia, vicepresidencia o consejeros regionales, son los siguientes funcionarios.
Ministros y viceministros; Contralor General; magistrados del Tribunal Constitucional, Poder Judicial y Ministerio Público; miembros del CNM y del JNE; jefes de ONPE y RENIEC; presidente del BCR; los superintendentes de Banca y Seguros, Aduanas y Administración Tributaria; miembros activos de las FF.AA. y la PNP; los prefectos, subprefectos y gobernadores; directores regionales sectoriales, y miembros de comisiones especiales nombrados por el Ejecutivo.
Los demás funcionarios y servidores de los entes públicos, que decidan ser candidatos a los cargos de presidente, vicepresidente o consejeros regionales, deberán solicitar y obtener licencia sin goce de haber 120 días antes de la fecha de votación, es decir, hasta 22 de julio.
De otro lado, en el caso que los directivos y funcionarios públicos arriba citados decidan postular al cargo de alcalde o regidor municipal, ellos deben renunciar a sus cargos, 60 días de la fecha de votación, es decir, hasta el 20 de setiembre.
El resto de los funcionarios y trabajadores de los poderes públicos que participarán como candidatos a las alcaldías y regidurías municipales, tendrán que solicitar licencia sin goce de haber 30 días antes del día de votación, es decir, hasta el 20 de octubre.
Finalmente, los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas locales debidamente inscritos deben tener en cuenta que la inscripción de listas de candidatos vencerá el 20 de agosto, es decir, 90 días antes de la fecha del sufragio, conforme lo establecen las leyes de elecciones regionales y municipales.
Lima, 12 de junio de 2006
Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional
Jurado Nacional de Elecciones
Nicolás de Piérola 1080 – Lima 1
Página Web: www.jne.gob.pe
Teléfono: 311-1700
Anexos: 2090 – 2091 – 2092
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