Días atrás, el Congreso de la República, en el Comentario del Día, informo acerca del calendario a los ciudadanos /as que iban a presentarse en las siguientes elecciones municipales y reginales; el siguiente artículo, le correponde la autoría a la ONPE:
ONPE orienta a partidos sobre cronograma de las
elecciones regionales y municipales (Fuente: ONPE )
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12,440
autoridades serán electas en los comicios del 19 de noviembre.
Hasta el 31 de julio hay plazo para las elecciones internas de
candidatos.
En paralelo con la organización y ejecución de la segunda elección
presidencial, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene
desarrollando actividades con las organizaciones políticas siguiendo el
cronograma de las elecciones regionales y municipales, a realizarse el 19 de
noviembre de este año.
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Para cumplir con esta labor, la Subgerencia de Asistencia Técnica de la
ONPE, reúne a los representantes de las organizaciones políticas para
exponerles acerca de los plazos de Ley, los requisitos e impedimentos para las
postulaciones, la formación de las listas de candidatos y el sistemas propio de
cada elección, así como las recomendaciones para una mejor planificación y
ejecución de sus comicios internos.
En los comicios del 19 de noviembre de 2006 se elegirán 12 mil 440
autoridades: 25 presidentes y vicepresidentes regionales; 228 consejeros
regionales; 195 alcaldes provinciales; 1,705 regidores provinciales; 1,637 alcaldes
distritales y 8,625 regidores distritales.
Estas reuniones de trabajo se realizan desde el mes de abril, tanto en
Lima como en ciudades del interior del país. Hasta la fecha, se han convocado a
organizaciones políticas de Pucallpa, Huánuco, Iquitos, Piura, Tacna, Chiclayo
y Trujillo, congregando a un total de 591 dirigentes de 28 partidos políticos.
La última actividad se realizó en el local central de la ONPE, en el
cercado de Lima, con los órganos centrales de todos los partidos hasta el momento
inscritos para estos comicios.
Inscripción de alianzas, candidatos y otros plazos
Entre el 23 de mayo y el 22 de julio las agrupaciones políticas
deben formalizar la inscripción de las alianzas que conformasen para estos
comicios.
Otro día importante es el 21 de agosto, fecha límite para la
inscripción de listas de candidatos, tanto para las elecciones municipales y
regionales.
En las reuniones con los representantes de las agrupaciones políticas se
les recuerda que el 20 de marzo venció el plazo para renunciar a un
partido político y ser candidato por otra agrupación.
Asimismo, que el 31 de marzo fue el último día para presentar
padrones de afiliados a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas
(OROP) y que el 18 de mayo fue el último día para que los alcaldes
renunciaran para postular a una Presidencia Regional, y viceversa.
También se les explica sobre la reelección. Los presidentes,
vicepresidentes y consejeros regionales, así como alcaldes y regidores que
postulen a la reelección de sus cargos NO necesitan renunciar ni solicitar
licencia.
Licencias El 22 de julio será el último día para conceder licencia a los
presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales que postulen a otro
gobierno regional o al mismo pero en un cargo diferente.
Candidaturas y requisitos
Las autoridades de los gobiernos regionales objeto de elección son el
Presidente y el Vicepresidente y los miembros del Consejo Regional, a quienes
se les llama consejeros.
Para ser candidato a cualquiera de los cargos mencionados se requiere:
ser peruano, nacido o con residencia efectiva en la región en la que postula
con un mínimo de tres años. Para postular a Presidente y Vicepresidente se
requiere ser mayor de 25 años, gozar del derecho de sufragio y estar inscrito
en el Reniec.
En las elecciones municipales se eligen alcaldes y regidores de los
Consejos Municipales Provinciales y Distritales en toda la República.
Para ser candidato se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener DNI,
domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos
años continuos. A la persona que vive alternativamente o tiene ocupaciones
habituales en varios lugares se le considera domiciliada en cualquiera de
ellos.
Además, los extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de dos
años continuos previos a la reelección, están facultados para elegir y ser
elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando estén
debidamente inscritos en el registro correspondiente. Para ejercer este
derecho, el extranjero se identifica con su respectivo carné de extranjería.
Elecciones internas
En las jornada informativas, también se detalló que el entre el 23 de
mayo y el 31 de julio rige el plazo para las elecciones internas de candidatos.
El artículo 22° de la Ley de Partidos señala que éstos realizan
elecciones internas de candidatos a cargos de elección popular, que se efectúan
entre los 180 días calendarios anteriores a la fecha de la elección y 21 días
antes de concluir el plazo para la inscripción de los candidatos.
Lima, de mayo de 2006
GERENCIA DE INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN ELECTORAL
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