Estimado(a) ciudadano(a):
Como es de conocimiento de la ciudadanía en general,
este año se ha programado la realización de dos procesos electorales: El
primero, para elegir a los representantes al Congreso y a la Presidencia
de la República; y el segundo, para elegir a los representantes de los
gobiernos regionales y locales.
En relación al segundo proceso, a realizarse el 19 de
noviembre, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se ha pronunciado, a
través de la Resolución N°860-2006-JNE, sobre la postulación de las
actuales autoridades regionales y locales, en virtud del cual precisa los
casos en que dichas autoridades que deseen postular en las próximas
elecciones municipales y regionales, deben renunciar o solicitar licencias
en las fechas establecidas para cumplir con los requisitos
correspondientes.
Al respecto indicamos a continuación en que casos las
autoridades que postulan a la reelección o a algún otro cargo municipal o
regional, deben presentar su renuncia o solicitar licencia:
- Los presidentes,
vicepresidentes y consejeros regionales que postulan al mismo cargo, no
requieren presentar renuncia ni solicitar licencia. - Los
alcaldes y regidores que postulan al mismo cargo, no requieren presentar
renuncia ni solicitar licencia. - Los presidentes regionales que
postulan al cargo de alcalde, requieren presentar renuncia con 06 meses de
anticipación, fecha que se cumple hoy 18 de mayo. - Los alcaldes
que postulan al cargo de presidente regional, requieren presentar renuncia
con 06 meses de anticipación, fecha que se cumple hoy 18 de
mayo. - Consejeros regionales y regidores que postulan al cargo
de presidente o vicepresidente regional, deben solicitar licencia con 120
días de anticipación, fecha que se cumple el 22 de julio
próximo. - Los alcaldes y regidores que postulan al cargo de
vicepresidente o consejero regional, deben solicitar licencia con 120 días
de anticipación, fecha que se cumple el 22 de julio próximo. -
Alcaldes distritales que postulan al cargo de alcalde provincial o
regidor, deben solicitar licencia con 30 días de anticipación, fecha que
se cumple el 20 de octubre próximo. - Regidores que postulan al
cargo de alcalde, deben solicitar licencia con 30 días de anticipación,
fecha que se cumple el 20 de octubre próximo.
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2006.
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